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El IFE y el artículo 51 del PEF
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm. 367 [2010-05-06]
 

Probablemente, apreciado lector, recordará que hace poco más de un mes comentamos la posibilidad de que el Instituto Federal Electoral (IFE) se apropiara indebidamente de los recursos derivados de las sanciones a los partidos políticos, en lugar de acatar la normatividad correspondiente y canalizar tales recursos a la actividad científica y tecnológica. Algo había de cierto, pero no era del todo exacto.

Es verdad que el IFE tenía previsto utilizar recursos provenientes de sanciones económicas para cubrir su pasivo laboral. En la sesión del pasado 21 de enero de la Junta General Ejecutiva del organismo electoral se tomó tal acuerdo y así quedó asentado en actas.

La Junta General es el principal órgano de las actividades técnicas y administrativas en el funcionamiento del IFE. En el organigrama está en el nivel del consejero presidente y, de hecho, él la preside e integra a los titulares de las diferentes áreas administrativas del instituto. Es decir, tiene la responsabilidad de fijar los procedimientos normativos y poner en marcha los programas para el adecuado funcionamiento del organismo electoral.

En la sesión ordinaria de la junta del pasado mes de enero, el director ejecutivo de administración presentó un informe de las adecuaciones presupuestales, en lo referente a las sanciones leyó: “el Instituto recibió en el periodo, producto de sanciones económicas, 0.1 millones de pesos, que se destinarán a incrementar el fondo para atender el pasivo laboral”.

El mismo director de administración aclaró que lo más conveniente sería decir: “el Instituto recibió en el periodo, producto de sanciones económicas, impuestas a entes diferentes, a los partidos políticos y agrupaciones políticas…”. Esto es, precisó que el dinero provenía de sanciones pero no a los partidos políticos, como erróneamente lo habíamos supuesto. El informe se dio por presentado y así quedó registrado.

Los otros entes a los que se referían en el IFE, susceptibles de sanciones, eran las empresas de medios, tanto las televisoras como las estaciones de radio. La diferencia es importante porque, como ya lo hemos comentado en este espacio, desde 2005 los diputados, al aprobar el presupuesto anual, acordaron que los ingresos derivados de sanciones a los partidos políticos serían canalizados directamente al Conacyt.

El decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) de este año, pese a lo caótico de su negociación, también incluyó la norma correspondiente. El artículo 51 del PEF de 2010, en términos idénticos al año pasado, expresamente señala que: “las sanciones económicas que, en su caso, aplique el Instituto Federal Electoral derivado del régimen disciplinario de los partidos políticos durante 2010, serán reintegradas a la Tesorería de la Federación dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se realice el pago o se haga efectivo el descuento. Los recursos obtenidos por este concepto serán destinados en los términos de las disposiciones aplicables al Ramo 38 para el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y los Centros Públicos de Investigación, los cuales deberán destinarse a actividades sustantivas y proyectos científicos; dichos recursos no podrán ejercerse en servicios personales y deberá reportarse en los Informes Trimestrales sobre el ejercicio y destino de dichos recursos” (DOF, 07/12/2009).

Entonces, al parecer, dado que el PEF no indicaba qué hacer con los recursos derivados de las sanciones a otro tipo de organismos, la Junta General Ejecutiva del IFE decidió que lo más conveniente era aplicarlos en atender su pasivo laboral.

Sin embargo, la medida adoptada por el IFE, como también lo advertimos aquí hace poco más de un mes, fue motivo de crítica y suscitó diferentes reacciones. Tal vez por esa razón el organismo electoral modificó parcialmente su decisión y canalizará a otro rubro los recursos. En la sesión ordinaria de la Junta General Ejecutiva del mes de abril, acordó que conservará para sí los recursos pero los aplicará en la mejora de infraestructura de sus módulos de atención ciudadana, no en su pasivo laboral (El Economista, 30/04/2010).

Seguramente el asunto para este año seguirá el curso que ya acordó el IFE, pero en lo sucesivo habría que considerar al menos dos aspectos. Uno, ¿los diputados deberán modificar la redacción del artículo 51 del PEF del año próximo para especificar que se canalizará al Conacyt todo tipo de recursos derivados de las sanciones a cualquier organismo? Todo parece indicar que sí, sobre todo desde el Conacyt, la parte beneficiada, aunque el IFE u otros sectores podrían no ser de la misma opinión. El otro aspecto es el margen de maniobra de las instituciones para tomar decisiones sobre recursos como los que están en juego (poco más de 200 millones de pesos). Tal parece que si el asunto no hubiera trascendido públicamente, no se hubiera modificado la aplicación de los recursos. Los legisladores tienen la palabra.


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Last modification: April 29 2020 11:44:32.  

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