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¿Compras Públicas Innovadoras?
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm. 711, pp. 5 [2017-06-29]
 

Es posible que la iniciativa no sea aprobada en esta legislatura, su efecto en las cuentas finales de esta administración tampoco sería mayormente notable y quizá su puesta en marcha se demore más de lo previsto. Sin embargo, cuando sea el caso, tal vez su impacto será decisivo en el gasto nacional en actividades científicas y desarrollo tecnológico.

La propuesta es del senador priista Patricio Martínez, presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Senado. El proyecto es modificar algunos artículos de la “ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público” para regular las compras públicas, orientarlas e incentivar la innovación desde el lado de la demanda.

La iniciativa del senador Martínez, mencionando un estudio del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, dice que diferentes países de la OCDE, para estimular la innovación, utilizan las contrataciones públicas, la regulación, las iniciativas dirigidas por el mercado y las políticas de consumo, entre otras. El mismo Foro cita la propuesta del legislador en su boletín (No. 313. 20.06.2017).

En general, como ocurre en diferentes países, se asume que las compras públicas, principalmente si son de cierta naturaleza y de un volumen importante, tendrán un efecto en la inversión científica y fomentarán la innovación. La Comisión Europea define las Compras Públicas Innovadoras (CPI o Public Procurement of Innovative solutions, PPI), como aquellas que ocurren cuando el sector público utiliza su poder de compra para actuar como primer contratante (early adopter) de soluciones innovadoras que todavía no están disponibles a gran escala sobre bases comerciales (ec.europa.eu).

Además, dice la misma Comisión, las CPI pueden ser complementarias a la compra precomercial, puesto que permite un despliegue a gran escala de soluciones que se desarrollaron en escala reducida en una compra precomercial previa. Por tanto, es también una aproximación a la contratación pública de servicios de investigación y desarrollo experimental.

La propuesta de decreto del senador Martínez plantea que las dependencias y entidades del sector público en México debieran contar con una adecuada “planeación, programación y presupuestación de las contrataciones públicas y en especial de aquellas que representan una innovación o que cuentan con avances tecnológicos que representen una eficiente, eficaz, transparente y económica forma de ejercer el gasto público” (Gaceta LXIII/2SPR-15/72240. 21.06.2017).

En particular, el proyecto implica modificar los artículos 20, 22 y 41 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. Por ejemplo, en el segundo párrafo de la primera fracción del artículo 20 propone identificar las necesidades a satisfacer a través de bienes y servicios con avances tecnológicos e innovadores, así como destinar “al menos diez por ciento del total de recursos a erogar durante el ejercicio fiscal”.

Los recursos, dice la iniciativa, los determinaría “el comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios, considerando también las propuestas que le haga llegar cualquier persona física o moral”. Además, en el artículo 22, primera fracción, establece que tales comités verificarán que, anualmente, el programa incorpore las contrataciones innovadoras, en el porcentaje que corresponda.

Finalmente, conforme las modificaciones al artículo 41, se precisan las contrataciones, arrendamientos o servicios que no estarán sujetos a licitación pública, como en el caso de que sean innovadores, cuando cuenten con avances tecnológicos incorporados, o bien, cuando el comité correspondiente determine que se requieren realizar pruebas o pasar a la contratación directamente, si no son necesarias las pruebas.

En realidad las Compras Públicas Innovadoras no serían estrictamente una novedad. Desde fines del 2014, el gobierno federal, a través de la Secretaría de Economía, ha expresado su intención de probarlas como proyecto piloto. Primero lo hizo en el sector energético, con la CFE y Pemex. Aunque, si lo hizo, no se saben cuáles fueron los resultados.

Más recientemente, en abril de este año, la propia Secretaría de Economía, junto con la Profeco y la Semarnat, anunciaron que lanzarían el mismo proyeto piloto a nivel nacional. El propósito, dijeron en ese momento, era conocer las necesidades de compra pública y “alinear a los jugadores más importantes del Gobierno de la República en el contexto de innovación” (Comunicado SE. 058 / 2017). En fin, si se modifica la ley, lo cual seguramente no sería en esta legislatura, la novedad estará en el porcentaje de recursos financieros que serían canalizados por este mecanismo, el papel de los comités de adquisiciones y, al final, su probable efecto en el gasto científico y tecnológico.

No obstante, nada indica que la reforma del senador Martínez se convierta en un hecho en el corto plazo y menos que se aplique como está previsto. De regulaciones está empedrado el camino de nuestras instituciones... y no funcionan.

Claro, después de casi una década de haberle añadido la palabra “innovacion” a la ley sectorial, sería una de las acciones más visibles del Comité Intersectorial de Innovación. Eso sí.


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Last modification: April 29 2020 11:44:32.  

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