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Entidades federativas ¿Beneficios de las sanciones electorales?
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm. 606, pp.5 [2015-05-07]
 

Hace un año quedó aprobada la reforma político electoral. Ahí también quedó una nueva disposición que precisa el destino de las sanciones monetarias a los partidos políticos y que no solamente dice que serán para CONACYT, como ya lo establecían desde hace una década los decretos anuales del Prepuesto de Egresos de la Federación (PEF).

Efectivamente, después de tensas negociaciones y múltiples intercambios entre los actores políticos, los legisladores aprobaron en mayo de 2014 la más reciente reforma político electoral, esa que le cambió el nombre al ahora Instituto Nacional Electoral (INE) y estableció diversas disposiciones para la regulación de nuestra vida política y electoral.

Aunque los legisladores generalmente solo se miran en el espejo de las posiciones políticas y los beneficios de sus respectivas fracciones —cuando no solamente personales—, algunas veces parece que también se acuerdan que son representantes de elección popular y su tarea es legislar en beneficio de la Nación.

En la reforma del año pasado, por principio de cuentas, quedó establecida la reelección legislativa para diputados y senadores, también elevaron a rango constitucional el requisito de tres por ciento de votación válida para que un partido pueda mantener su registro e introdujeron lo de las coaliciones flexibles y parciales entre partidos.

También incluyeron la cuota de género como mandato constitucional, por lo que en adelante se supone que los partidos políticos tienen la obligación de garantizar que sus listas de elección deben estar integradas con el 50 por ciento de hombres y el 50 por ciento de mujeres.

Además, lo que tiene mayor importancia sobre la distribución del presupuesto para la actividad científica y tecnológica, es que la “Ley general de instituciones y procedimientos electorales” (Legipe), producto de la reforma política y que sustituyo al anterior Cofipe, en la última fracción del artículo 458 del capítulo “De los sujetos, conductas sancionables y sanciones”, precisó a dónde se canalizarían los recursos financieros derivados de las sanciones a partidos.

Esto es, la fracción 8 del artículo 458 establece: Los recursos obtenidos por la aplicación de sanciones económicas derivadas de infracciones cometidas por los sujetos del régimen sancionador electoral considerados en este Libro Octavo, serán destinados al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en los términos de las disposiciones aplicables, cuando sean impuestas por las autoridades federales, y a los organismos estatales encargados de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación cuando sean impuestas por las autoridades locales. (DOF. 23.05.2014).

La idea de trasladar los recursos financieros a la actividad científica, producto del castigo a los partidos políticos, fue de un legislador del entonces partido Convergencia en la discusión del presupuesto en el 2004 y debió aplicarse en el ejercicio fiscal del año siguiente.

Desde entonces, no sin ciertas dificultades para hacer efectivas las sanciones a los partidos, tanto por los recursos de inconformidad que interponían los partidos como por la burocracia de la Tesorería, año con año se establece en el decreto del PEF que los montos se canalizarían al ramo 38 y se dedicarían a actividades sustantivas y proyectos científicos.

Sin embargo, no se modificaron ni la ley de ciencia y tecnología ni el entonces Cofipe. Hasta ahora, en la sesión del Senado de mayo del 2014, cuando se aprobó la nueva Legipe, el Senador Juan Carlos Romero Hicks, en su intervención dijo que: “Hoy lo que vamos a ubicar es la propuesta de que las multas nacionales vayan al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y las multas locales vayan a los consejos estatales de ciencia y tecnología, y en eso agradezco al Senador Tello su apoyo”.

Entonces, lo que ahora establece la ley es una división del monto de las sanciones a partidos políticos, las cuales se canalizarían conforme el origen de esas multas. Al parecer, la idea sería establecer un principio de distribución de recursos entre el centro y las entidades federativas.

No está mal la preocupación por un cierto principio federalista que debiera estar presente en toda nuestra normatividad. Sin embargo, lo verdaderamente mejor sería que los partidos políticos respetaran, sin más, la ley; aunque no hubiera multas ni dinero. Claro, si no es el caso, como no lo es, tendríamos que contar con una institucionalidad capaz de hacer efectiva la ley, para evitar lo que Sergio López Ayllón llama “la ley del cinismo”.


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