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La reforma al tercero constitucional: que siempre no, que a lo mejor en septiembre
Roberto Rodríguez Gómez
Campus Milenio Núm 278 [2008-06-26]
 

En el período extraordinario de sesiones del Congreso celebrado el pasado 19 y 20 de junio, los legisladores convinieron en enfocar la agenda de debate a temas relacionados con la legislación secundaria electoral, algunas atribuciones y obligaciones del titular del Ejecutivo, algunas normas operativas del Congreso, así como la designación de tres consejeros al Consejo General del IFE. Además de estos temas, de carácter eminentemente político, se incluyó, para ser discutida en el pleno, la iniciativa de reforma al artículo tercero constitucional.

Los lectores recordarán que en abril de este año dicha iniciativa, respaldada por las fracciones parlamentarias en las comisiones de Educación Pública y Puntos Constitucionales, libró el trámite parlamentario de primera lectura, quedando reservado su debate y eventual aprobación a una futura sesión plenaria en la Cámara de Diputados, así como a la procedente consideración del Senado.

En los días previos a la celebración del período extraordinario fue objeto de discusión si el proyecto de ley respectivo se integraría o no a la agenda de las sesiones de dicho período. Al menos la fracción parlamentaria del PRD, según traslució en prensa, insistió en la inclusión de la iniciativa e incluso hizo saber que, en caso contrario, asistiría a las sesiones “bajo protesta” (nota de Andrea Merlos y Ricardo Gómez, El Universal, 19/06/08). Al cabo, puede suponerse que mediante una negociación de último minuto, la iniciativa de reforma al derecho educativo se anunció como el segundo punto de la orden del día del programa del período extraordinario.

El extenso primer punto de la agenda (reformas a la normativa electoral secundaria) consumió, en ambas cámaras, toda la sesión del 19 de junio, alcanzándose en ésta acuerdos de importancia en la materia. Parecía, en consecuencia, que había un clima favorable para adelantar el proceso de la reforma al artículo tercero. Pero no fue así: en la mañana del 20 de junio se informó, en ambas cámaras, que las comisiones promotoras de la reforma se desistían de la presentación de la inciativa al pleno con el siguiente argumento: “Solicitamos que el dictamen se difiera a otro período de sesiones, en virtud de tratarse de una Reforma Constitucional que reclama consensos puntuales y el mayor acuerdo de los legisladores”. (Crónica Parlamentaria, versión estenográfica de la sesión extraordinaria del 20 de junio de 2008).

Más tarde y al día siguiente, los medios electrónicos y la prensa escrita citaron declaraciones de los protagonistas. El presidente de la Comisión de Educación, Tonatiuh Bravo Padilla, señaló “que la reforma fue retirada porque la bancada del PAN pidió revisar la reforma en lo referente a la obligatoriedad de la educación media superior, pues hay una preocupación de que no existan los recursos financieros suicientes para garantizar esta cobertura” (noticias en W Radio, con información de Notimex, 20/06/08). Por su parte, tanto el coordinador de los diputados del PRI, Emilio Gamboa Patrón, como el coordinador de los diputados del PRD, Javier González Garza, confirmaron que fue la representación del PAN la que insistió en extraer la iniciativa de la orden del día, así como en posponer su discusión ante el pleno (nota de R. Garduño y E. Mendez, La Jornada, 21/06/08).

Llama la atención el argumento de “falta de consenso”, porque, en primer lugar, esta iniciativa fue de las pocas consensadas en la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos (CENCA), integrada para elaborar proyectos de ley en en marco de la reforma del Estado. Más aún, el pasado 16 de mayo, en el marco de las celebraciones del Día del Maestro, las comisiones de Puntos Constitucionales y Educación Pública, así como la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados publicaron un desplegado en varios periódicos celebrando, precisamente, el consenso alcanzado entre los partidos en torno a esta reforma.

Se puede suponer, en consecuencia, que el gobierno federal transmitió e hizo valer, a través de la fracción del PAN, el argumento de la insuficiencia presupuestal como límite de factibilidad al escenario de educación media superior obligatoria. Otros argumentos críticos, como el riesgo de incrementar significativamente el volumen del “rezago educativo” de la población del país una vez decretada la obligatoriedad, o la posibilidad de que los municipios reclamasen, con toda razón, servicios educativos de este nivel, aunque han sido ventilados en el debate público sobre la iniciativa, no parecen haber formado parte de la argumentación que detuvo o pospuso la reforma.

Al tratarse de una reforma de nivel constitucional, es requerida una votación favorable de al menos dos terceras partes del quórum en la plenaria. Con la negativa del PAN era imposible hacerla avanzar hacia otras instancias. Pero probablemente el PAN no quiso jugar el papel de malo en esta película y optó por negociar la posposición. A septiembre, quizá.

Si se hace prevalecer la tesis de la insuficiencia de fondos, entonces la reforma está condenada de antemano. Ni ahora, ni en diez años, habría recursos fiscales suficientes para asegurar que todos los jóvenes de 15 a 18 años tengan un lugar asegurado —además con calidad y pertinencia, como indica el proyecto de ley— para cursar la educación media superior obligatoria. Queda, sin embargo, por resolver este dilema: si se omite la opción de obligatoriedad, ¿con qué sustento jurídico se habrán de generar y canalizar los recursos públicos suficientes para acercarnos al objetivo de universalizar este servicio educativo y para mejorar la calidad y pertinencia del nivel? No está fácil.


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