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El quinto transitorio y lo básico
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm. 506 [2013-04-18]
 

La actual reforma educativa ya está en papel. Si al comienzo parecía que cambiar la norma constitucional implicaría el mayor y más dilatado esfuerzo, ahora parece que fue lo más sencillo. Un primer paso sin seguridad de lo que vendrá ahora. Convendría reparar en la base sobre la que se puede edificar.

El compromiso por una reforma educativa pasó sin mayores contratiempos en menos de 100 días. El decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 26 de febrero. Sin embargo, como hoy constatamos, un asunto es el cambio de ley y otra su puesta en marcha. La armonía del discurso frente a la áspera realidad; el momento crítico que puede llevar al naufragio o al éxito de la iniciativa. Una implementación que puede ser de cambios profundos, insignificantes o básicos.

Obviamente, los cambios mayores han concentrado la atención de buena parte de analistas, detractores y apologistas de la reforma. Uno de ellos ha sido el de la evaluación de profesores y sobre todo su implicación para su permanencia. O bien, las condiciones de operación del Servicio Profesional Docente, el establecimiento del Sistema Nacional de Evaluación o la autonomía del Instituto Nacional para la Evalaución de la Educación (INEE).

No obstante, otros cambios menores, secundarios, contenidos en los artículos transitorios, los cuales precisan o determinan condiciones de la reforma han sido subestimados, aunque pueden resultar relevantes para su inhibición o impacto. Los transitorios, como su nombre lo indica, son ordenamientos contingentes, temporales, auxiliares, para regular o indicar la aplicación de la norma principal. Pero no hay duda de que tienen una importancia crucial. Es suficiente recordar que gracias al candado del cuarto transitorio de la Ley General de Educación de 1993, a la fecha no se han descentralizado los servicios educativos en el Distrito Federal.

En el caso de la actual reforma, el segundo, tercero y cuarto transitorios especifican formas y plazos para la operación del INEE. Precisamente, el mecanismo que hoy comparten gobierno federal y Senadores para la designación de la primera Junta de Gobierno del organismo evaluador, así como el plazo de seis meses que tienen los legisladores para expedir las leyes secundarias. Una precisión de temporalidad y formas.

El quinto transitorio, sin embargo, destaca condiciones elementales que permitirían el cumplimiento de las modificaciones a los artículos 3º y 73 constitucionales, el objeto de la reforma. Por ejemplo, la primera fracción destaca la creación de un Sistema de Información y Gestión Educativa, consistente, por principio de cuentas, en la realización de un “censo de escuelas, maestros y alumnos”. Una tarea encomendada al INEGI y que parecería insignificante.

La idea de registros educativos básicos no es nueva, aunque no por ello ha dejado de ser neesaria. Desde el 2010, en la administración anterior, se propuso crear un gran sistema de información, oportuna y confiable, con el Registro Nacional de Alumnos, Maestros y Escuelas (RENAME). Una plataforma tecnológica que presumiblemente contaría con un gigantesco banco de datos.

De hecho, en agosto del año pasado, mediante acuerdo presidencial, se determinó que el RENAME sería información de interés nacional, es decir, generada de forma periódica, con una metodología científica y necesaria para conocer la realidad del país. Por tanto, se plasmó en el acuerdo, la información derivada de ese sistema sería oficial, de uso obligatorio para todos los órdenes de gobierno y estaría a cargo de SEP (DOF. 08/08/2012).

Sin embargo, parece que ni el Registro ni el censo marchan. Es un cambio elemental que establece un umbral que hoy simplemente no tenemos, una línea base consistente y confiable de la cual partir para valorar y decidir sobre los grandes cambios que se proponen para el terreno educativo.

La segunda fracción del quinto transitorio establece otro asunto elemental: la evaluación de maestros tiene como “primer propósito, el que ellos y el sistema educativo cuenten con referentes bien fundamentados para la reflexión y el diálogo conducentes a una mejor práctica profesional” y el sistema educativo les otorgará los “apoyos necesarios para que los docentes puedan, prioritariamente, desarollar sus fortalezas y superar sus debilidades”.

Es incierta la amplitud y profundidad que podría tener la reforma en curso, pero lo que sí se podría es asegurar la puesta en marcha de sus condiciones o componentes más elementales.


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