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Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Una ventana a la gestión
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm 193 [2006-09-14]
 

Tal vez la apertura informativa sea uno de los pocos avances que se le pueden atribuir a la presente administración. Actualmente, gracias a la normatividad vigente, es posible conocer algunos detalles espinosos del ejercicio administrativo de casi cualquier entidad pública. No siempre es así; en el pasado menos lo era. A pesar de que desde fines de los años setenta el Estado quedó como garante del derecho a la información (artículo sexto constitucional), en los hechos era prácticamente imposible enterarse formalmente de los mecanismos internos de las dependencias gubernamentales y menos preguntar por algunas de sus decisiones más relevantes.

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), en vigor desde junio de 2002, obliga a las dependencias gubernamentales (incluido el organismo rector de las políticas científicas) y a otras entidades autónomas a hacer pública su estructura orgánica, su directorio de funcionarios, los objetivos que persiguen, actividades realizadas, servicios contratados, así como el salario que perciben y el ejercicio presupuestal que realizan, entre otros aspectos. Claro, no toda la información está al alcance, alguna está considerada por la misma ley como reservada o confidencial y mantiene restricciones de acceso. Tema que es motivo de controversia.

La reforma de hace un par de meses a la citada ley, señala que se debe "favorecer el principio de máxima publicidad y disponibilidad de la información en posesión de los sujetos obligados" (artículo 6). Una de las principales vías para cumplir tal propósito ha sido internet, por ello los portales de las dependencias se han convertido en fuentes ineludibles de referencia. En la página electrónica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), por ejemplo, se puede obtener casi cualquier dato reciente sobre el organismo.

Otro de los aspectos relevantes es que la ley de transparencia también busca favorecer la rendición de cuentas y una valoración del desempeño de los funcionarios. Hace un año el ejecutivo federal emitió un acuerdo para que los servidores públicos, al estar próxima la conclusión de su responsabilidad, rindieran un informe de los asuntos a su cargo para el proceso de entrega-recepción (DOF 14.09.05). Una encomienda que nada tiene de particular, puesto que un acuerdo similar de fines de los años ochenta ya lo establecía. Sin embargo, la diferencia es que ahora tales informes son o deben ser de amplio acceso público.

Además, el gobierno federal emitió lineamientos específicos que deben observar los informes (DOF 131005). En resumidas cuentas se trata de que los titulares de las dependencias respondan en qué condiciones recibieron la institución, qué actividades desarrollaron y qué está pendiente.

Además, marcó tres etapas para presentar el informe: la primera, que ya se cubrió el pasado 31 de julio, incluye información sobre lo realizado y en ejecución entre el 1 de diciembre del 2000 y el 31 de diciembre de 2005; la segunda a cumplirse el 29 de este mes y que incluirá las acciones realizadas y en marcha desde el 1 de enero al 30 de junio de este año; y la tercera para el 31 de octubre, en donde se actualizarán las acciones hasta la vísperas del cambio de poderes.

Los informes, dicen los lineamientos, se deberán difundir en las páginas de internet de las respectivas dependencias, en los 30 días siguientes al cumplimiento de los plazos. De modo que los documentos de la primera etapa ya se pueden consultar. Efectivamente, el documento de rendición de cuentas de Conacyt ya está en línea, tiene 361 páginas y algunas peculiaridades.

Una buena parte de la información ya es conocida, tanto por el último informe de gobierno, como por reportes anteriores del mismo Consejo. Otros datos son relativamente novedosos, como la situación que tenía Conacyt en el año 2000 y en cuál lo dejarán en un par de meses más, al igual que el volumen de algunos fideicomisos o los ejercicios fiscales anuales. Algunos más son poco útiles, como los dictámenes de las auditorias externas o los esquemas y gráficas que no se aprecian por la calidad o tamaño de la impresión. El formato en el que se presenta la información es poco amigable, su integración es desornada y muestra algunos errores. No obstante, el documento es un referente importante.

La información a disposición pública es apenas una ventana (pequeña) para asomarse a los procesos administrativos de las oficinas gubernamentales. El tema no está resuelto, ni por el lado de la información ni por el de la gestión, pero sí es un avance la apertura y el acceso a la información. Esperemos a completar las etapas para una valoración de la rendición de cuentas.


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